lunes, 25 de junio de 2012

Varapalo a Aguirre


En el actual estado en el que se encuentra la sociedad española, una de las instituciones en la que más ha caído la confianza, ha sido en la Justicia. Casos de corrupción que han quedado impunes, su lentitud, los tejemanejes de los grandes partidos para hacer y deshacer y la utilización de dinero público del Presidente del CGPJ, dejan a este poder del estado en muy mala situación.
Pero hoy, parece que nos han dado una gran alegría, y es que el Tribunal Constitucional, tal como lo publica Publico, y muy acertadamente, le da un varapalo a Esperanza Aguirre y a sus proyectos estrellas para esta legislatura; Y es que el Tribunal Constitucional decreta que las obras de cierre de la autopista M-50 y los de la carretera radial R-1 no son competencia autonómica sino del Estado y, por tanto, el Gobierno de la Comunidad de Madrid podrá licitar ni sacar a concurso dichos proyectos. De momento, el Pleno del Constitucional, en sendas sentencias de fecha 24 de mayo y 5 junio, respectivamente, estima los conflictos de competencias planteados por la Administración General del Estado contra la Comunidad de Madrid, y declara que ambas obras son de interés estatal. El Tribunal considera que la materia tratada es "especialmente idónea" para establecer fórmulas de colaboración entre el Estado y la Comunidad Autónoma, pero siempre con "mutuo respeto de las respectivas competencias, que son irrenunciables".
De todos es sabido el interés de la Sra. Aguirre de llevar a cabo los proyectos del cierre norte de la M-50 y la nueva carretera R-1, y la “Lideresa” aludía al desinterés del Estado por la construcción ambos proyectos lo que la empujaba a que fuera la Comunidad de Madrid la que los llevara a cabo, incluyéndose ambas en el en el plan estratégico de infraestructuras y transportes 2005-2020. Para evitar esto que el Tribunal Constitucional acaba de sentenciar, la “Lideresa” eludia la compentencia cambiando su su nombre, el cierre de la M-50 está comenzando a llamarse M-61, y la R-1 por RM-1.
Pero, se ve que esto no ha servido de mucho. En sus sentencias, y refiriéndose al cambio de denominación de la obra R-1, el Constitucional indica que si se acomete en el mismo corredor o trazado que recomienda el Estado, las dos carreteras serían "incompatibles y redundantes". El Constitucional subraya que "la M-50 constituye una carretera que ha sido construida y puesta en servicio por el Ministerio de Fomento, y aunque es una carretera que discurre íntegramente dentro del territorio de la Comunidad de Madrid, la justificación básica de su interés general se halla en su función de conexión de todas las carreteras de largo recorrido que confluyen en Madrid desde la periferia peninsular. Si el itinerario de la M-50 se considera de interés general, debemos entender que ese mismo interés general existe cuando se trata de ampliar o de modificar su trazado", como implicaría el caso del cierre norte.".
Aunque sabemos que el Gobierno de la Comunidad de Madrid tratará de impugnar la sentencia, esto nos da un respiro a todos aquellos que creemos y consideramos que la RM-1 no sólo no será un problema económico y un fraude, sino que además conllevará una degradación medioambiental de la zona norte de la Comunidad.

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